Un TBI no es más que un acuerdo
entre dos países para proteger la seguridad jurídica de los inversores. Estos
suelen incluir una serie de disposiciones estándar como el Trato Nacional (dar
el mismo trato a los inversores nacionales y a los extranjeros), el Trato de Nación más Favorecida (dar a los inversores de un país el mismo trato que a los
del país que tenga unas condiciones de inversión más favorable), el Trato Justo
y Equitativo (cláusula muy genérica que impide cometer agravios contra
inversores), Restricciones sobre la expropiación, tanto directa como indirecta
(resultado de cambios en la legislación),
Restricciones a los requisitos de
contenido nacional (por la que se impide la obligación de consumir productos
nacionales o contratar personal nacional) o la Libre transferencia de fondos
(permite repatriar todos los fondos relacionados con las inversiones) entre
otras. Rara vez incorporan alusiones, no vinculantes, a los derechos humanos.
Los tratados de libre
comercio son importantes para acabar con el proteccionismo económico (que
protege la producción nacional) pues se constituyen en un medio eficaz para
garantizar el acceso de productos a los mercados externos, de una forma más
fácil y sin barreras.
Formalmente, el TLC se
propone la ampliación de mercado de los participantes mediante la eliminación
de los derechos arancelarios y cargas que afecten las exportaciones e
importaciones. En igual sentido busca la eliminación de las barreras no
arancelarias, la liberalización en materia comercial y de subsidios a las
exportaciones agrícolas, la reestructuración de las reglas y procedimientos
aduaneros para agilizar el paso de las mercancías y unificar las normas
fitosanitarias y de otra índole.
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